domingo, 18 de marzo de 2012

“Nada rompe más familias que las herencias”

Alejandro Ebrat, abogado experto en testamentos: “Tengo 54 años. Nací y vivo en Barcelona. Soy abogado, especialista en derecho fiscal y sucesorio. Estoy casado y tengo tres hijos, Patricia (20), Beatriz (18) y Álex (16). ¿Política? Salud y educación, públicas; el resto, el mercado. Soy católico. La familia es el pilar de todo”.

¿Cuántos testamentos lleva preparados?¡Miles! Desde hace 30 años.

Yo aún no he testado.¿Tienes bienes?

Un piso con hipoteca.Pues ya deberías haber hecho testamento.

¿Por qué?En el preciso momento en que seas propietario de algún bien, ¡haz testamento! Da igual la edad: si mueres sin testar, habrá líos.

¿Qué líos?He presenciado tantas peleas por herencias en mi despacho... Los hermanos se pelean con una saña... Afloran pleitos de infancia...

¿Qué vez ha sido la peor?¡Tuve que llamar a la policía porque un hijo agredía a su madre en mi despacho!

¿Qué le pasaba a ese hijo con su madre?Ella quedaba usufructuaria de unos pisos, se negaba a venderlos..., y él quería dinero.

¿Y quién tiene razón?El culpable es el que no ha testado o ha testado de modo confuso: eso rompe familias.

¿Qué hago para testar bien?Impida que los herederos tengan nada que pensar, repartir o decidir. Déjalo todo pensado, repartido y decidido en tu testamento. Si dejas un bien para ser gestionado entre hermanos..., ¡la cosa acabará mal! Seguro.

Pues repartamos bienes: ¿cómo?En lotes equitativos. Si un lote tiene más valor, el hermano que lo reciba entregará al otro una específica cantidad de dinero compensatoria. ¡Todo bien detallado!

¿La gente testa así o lo hace mal?El testamento hoy más común... ¡es el peor! Eso de “todo para el cónyuge”..., ¡problemas!

¿Qué problemas tiene eso?Obliga a la viuda (suele ser así) a ingeniárselas para entregar la legítima a los hijos...

¿Qué es la legítima?La parte que corresponde por ley a los hijos, en lotes iguales: una cuarta parte del valor de la herencia, en Catalunya; una tercera parte (más otra tercera parte de mejora, al arbitrio del testador), en España.

La madre la entrega a los hijos, y listo.¿Y si la madre no tiene esa cantidad de dinero? Si ha heredado sólo el piso en que vive..., ¡tendrá que venderlo para pagar a los hijos!

No serán los hijos tan malvados...Hay hijos chantajistas de su anciana madre: “Si no vendes, no te dejaré ver a tus nietos”.

¿Qué aconseja a esa madre viuda?Solicitar un crédito hipotecario contra el piso, y pagar la legítima. Las viudas, por ignorancia, no piden partes que podrían pedir...

Ayúdelas desde aquí.La cuarta viudal: una cuarta parte del valor de la herencia para vivir dignamente. O indemnización por sus trabajos realizados durante años para el hogar.

¿El heredero paga impuestos por la herencia recibida?No paga nada si es hijo, cónyuge o padre. Pero a medida que aumenta la lejanía parental, sí van pagándose impuestos: el extraño puede llegar a pagar un 60% por heredar.

¿Se heredan también las deudas?Sí, y puede haber más deudas que bienes. O ser bienes hipotecados o alquilados que no se pueden vender para pagar el impuesto...

¿Puedo renunciar a una herencia tan envenenada como esa?Sí.

¿Y quién la heredará entonces?El resto de los herederos.

¿Quiénes heredan si muero sin testar?Primero, los hijos (aunque el cónyuge tiene el usufructo mientras viva: de ahí los conflictos). Si no hay hijos, nietos. Si no, cónyuge. Si no, padres. Si no, abuelos. Si no, hermanos. Si no, tíos, sobrinos, primos... Si no, la Generalitat (en Catalunya), el Estado.

¿Y si una persona testa en favor de un animal de compañía?Prohibido. Una viejecita quiso legarlo todo a su perrita..., y la orienté: legó a favor de una persona que la cuidaría... ¡y de un sustituto, por si el primero era negligente!

¿Puede un anciano mal aconsejado variar su testamento poco antes de morir?Recuerdo a un ancianito... Al morir, encontramos en su casa muchos objetos sexuales: su asistenta filipina le daba alegrías... Y vimos que tenía sobre una mesa papeles a punto para casarse... Imagine que adoptan...

Todo para ella... ¿Cómo evitar sustos?Pacto sucesorio: testador y heredero tienen que acudir juntos a testar o a modificarlo.

¿Puedo condicionar la recepción de mi legado por mis herederos?Sí. Puedes establecer que el heredero no venda nada durante equis años. Yo aconsejo castigar a los hijos que se portan mal...

¿Cómo se les puede castigar?“No cobrarás hasta que apruebes tal carrera”, por ejemplo, “o hasta que cumplas equis años”. Un padre, disgustado por un hijo muy maleducado, dejó su cuantiosa herencia a una fundación... ¡en favor de la educación!, y puso al frente al hijo, que hoy acude a sus actividades en escuelas.

¿Puedo desheredar a un hijo?Puedes quitarle la legítima si certificas desatención continuada. Constato que preocupa mucho a los padres que el hijo (¡y la nuera o el yerno!) dilapide su herencia. Hay fórmulas para prevenirlo...

¿Puedo donar mis bienes en vida?Sí, pero pagará impuestos (en Catalunya, no en Madrid). No lo hagas: ¡a los hijos, ni agua! Que espabilen, que valoren lo difícil que es ganarse las cosas. ¡O se lo pulirán todo sin valorarlo ni agradecértelo!

Lo tiene usted claro.He visto tantas cosas penosas...

Reparto de bienes
Dejar testamento es barato, me explica Ebrat: 60 euros, más o menos. Es una inversión muy pequeña que evita disputas muy grandes entre herederos. Ebrat me asegura que nada rompe más familias que las disputas por la herencia legada por el testador... Puedes testar mediante un papelito autógrafo dejado en un cajón (que se puede perder, y que de todos modos necesitará que un juez lo autentifique), pero Ebrat aconseja hacerlo bien: con un experto que te diga qué repartir, de qué modo y con qué condicionantes. Ebrat explica todo lo mucho que sabe al respecto en ‘Todo lo que tiene que saber sobre herencias y donaciones y en Las sucesiones, donaciones y testamentos en Cataluña’ (Deusto).

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